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Bonificaciones en SS por I+D+i

Las Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social respecto al personal investigador por actividades de I+D+i, son un incentivo de naturaleza no tributaria, consistente en una bonificación de un porcentaje en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador (anteriormente un 40%).

Este incentivo se reguló inicialmente con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Entre otros aspectos, destacaba su incompatibilidad con las deducciones fiscales por I+D+i reguladas por el art. 35 del TRLIS.

El R. D. 278/2007, de 23 de febrero, de desarrollo de la ley 35/2006 respecto a bonificaciones en la cotización a la (Seguridad Social) respecto del personal investigador, regula el ejercicio de la opción por la aplicación de esa bonificación por parte de las empresas dedicadas a actividades de I+D+i, a que se refiere el artículo 35 del TRLIS, y finalmente, crea un nuevo tipo de informe motivado, relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos del personal investigador, a los efectos de aplicar las correspondientes bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social

El R. D. Ley 20/2012 en su Disposición Transitoria sexta, derogó toda la normativa anteriormente nombrada, en relación con la bonificación de referencia. No obstante, la Disposición Adicional 79 (Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a favor del personal investigador) de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, recuperó el incentivo de la bonificación, dejando su concreción al desarrollo reglamentario.

El R.D. 475/2014 de 13 de junio ha permitido recuperar nuevamente la aplicación práctica de este incentivo y hacerlo compatible además, con las deducciones fiscales por I+D+i para el caso de aquellas empresas que cuenten con el sello de PYME INNOVADORA.

La experiencia de SERING en este ámbito así como en la identificación de las actividades relacionadas con la I+D+i, nos convierte en el colaborador adecuado para gestionar este incentivo en su empresa. Le animamos a ponerse en contacto con nosotros y analizaremos su situación sin compromiso.